Ayuda Gafas para Trabajo en PVD
En los últimos meses hemos detectado, gracias a las denuncias de nuestros afiliados, la demora en la resolución de la ayuda destinadas a gafas para los compañeros que las necesitan.
UGT está realizando las oportunas averiguaciones en busca de alguna satisfactoria resolución.
Recordemos los que nos dice la circular RL-201.
Las ayudas económicas establecidas tienen como fundamento la necesidad objetiva de un dispositivo corrector de la visión para trabajar en pantallas de visualización de datos, distintos al utilizado para las actividades cotidianas.
Como norma general, la ayuda se concederá una sola vez. Únicamente se podrá renovar cuando se produzcan modificaciones significativas (+/- 1 dioptría) de defecto visual que motivó su concesión (en éstos supuestos quedará excluida la ayuda por montura de gafas).
Existe un baremo preestablecido en función de las necesidades visuales, llegando a un tope máximo de 270,46€.
El empleado, tras la valoración visual por parte del examen médico de salud anual previsto en el artículo 238 de la Normativa Laboral, si procede, solicitará a través del jefe inmediato ésta ayuda, cumplimentando la “Solicitud de compensación económica para gafas específicas utilizadas exclusivamente en trabajo habitual y en operación continua de PVD”.
Si en la provincia existe acuerdo con alguna óptica, el empleado deberá acudir con el modelo ANEXO 3 de dicha circular debidamente cumplimentado por el servicio mancomunado y sin adelanto de pago para proceder al encargo de las gafas. Firmará el recibí del documento cuando se retire el encargo.
En aquellos casos en el que no haya concierto con ninguna óptica, una vez recibido el escrito de concesión de la ayuda, podrá proceder a la compra de las gafas o lentillas, adelantando su importe. Para el reembolso de la factura, el empleado, lo solicitará a través del e-sice.


